Resumen | |
[J] | Grupo de empresas. Interpretación de cláusula contenida en un acuerdo de modificación sustancial de condiciones de trabajo suscrito en el seno del grupo. Se trata de determinar si la recuperación de los salarios disminuidos en el acuerdo, debe hacerse a partir de la obtención de una determinada cuantía de beneficios por el grupo laboral de empresas afectado por la medida o por el grupo mercantil de empresas que consolida cuentas legalmente. Considera la Sala que los criterios interpretativos aplicables conducen a considerar que el acuerdo se refiere al grupo mercantil que consolida cuentas.(publicado en Actualidad Diaria 4063 el 23 de septiembre de 2019) |
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La única cuestión que debe dilucidarse en el presente recurso de casación ordinaria es la interpretación del pacto o acuerdo suscrito el 24 de octubre de 2012 entre el Grupo I y los sindicatos CCOO, UGT y CIG; y, en concreto, la cláusula del mismo relativa a la obligación y condiciones de restitución de las cantidades salariales objeto de reducción en el mencionado pacto. El Supremo estima el recurso de los sindicatos. | |
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